El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 19 de noviembre, a las 09:00 horas y finalizará el 10 de diciembre, a las 23:59:59 horas. |
Objeto
El objeto de la presente Orden de ayudas es establecer las bases para proteger y dar soporte económico de forma directa al sector hostelero vasco, a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, microempresas y pequeñas empresas, para minimizar el impacto de las medidas adoptadas para contener la expansión de la COVID-19 y posibilitar que se produzca lo antes posible un relanzamiento de su actividad.
Dotación presupuestaria
30.450.000 €
Prestación económica
1.- Las ayudas contempladas en la presente Orden se materializarán a través de subvenciones a fondo perdido.
2.– La cuantía de la ayuda a conceder a la persona o entidad beneficiaria se establece en función del número de personas trabajadoras en el establecimiento o centro de trabajo al que se refiera la solicitud en situación de alta a fecha de 25 de octubre de 2020, fecha de la declaración del estado de alarma, según la siguiente tabla:
- Establecimientos con 1-3 personas trabajadoras: 3.000 euros
- Establecimientos de 4-10 personas trabajadoras: de 3.500 euros
- Establecimientos de más de 10 personas trabajadoras: 4.000 euros
En todos los casos, el cómputo total de personas trabajadoras incluirá tanto a las personas autónomas como a las asalariadas.
Forma de pago:
El abono de la subvención a las personas beneficiarias se realizará en un único pago tras la concesión y aceptación de la misma. Se entenderá aceptada la subvención si en el plazo de diez días tras la notificación la interesada no la rechaza expresamente.