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¿EN QUÉ CONSISTE ESTA AYUDA?Consiste en la concesión de ayudas directas en el marco de las medidas recogidas en el Real Decreto-ley 5/2021, en el que se recoge una dotación de 7.000 millones para esta línea de ayudas. Estas ayudas tendrán carácter finalista, por lo que el importe percibido se deberá destinar a satisfacer la deuda, pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a satisfacer los costes fijos en los que se haya incurrido siempre y cuando éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021. |
¿CUÁNDO PUEDO SOLICITARLO?Cada Comunidad Autónoma tendrá que convocar la línea de concesión de estas ayudas. No obstante lo anterior, el plazo límite para la concesión de las ayudas será el 31 de diciembre de 2021. |
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?Podrán solicitar esta ayuda aquellos autónomos y empresas que desarrollen una actividad clasificada en alguno de los CNAE recogidos en el Anexo I del Real Decreto-ley 5/2021 y que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
Como norma general, no podrán solicitar la ayuda aquellos que en el ejercicio 2019 hubiesen declarado un resultado negativo de la actividad. |
¿CUÁL SERÁ EL IMPORTE DE LA AYUDA?Las ayudas serán tramitadas y concedidas por cada una de las Comunidades Autónomas, por lo que los criterios para determinar el importe podrán variar en cada territorio. No obstante, las cuantías establecidas por las CCAA no podrán exceder los máximos establecidos por el Real Decreto-ley, que serán los siguientes:
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